| Política e historia |
| Información sobre México | ||
|
|
|
Información sobre MEXICO
|
|
|
|||||||||
|
Orígenes del Estado mexicano 9. Las sesiones de septiembre En el 250 aniversario del natalicio de don Miguel Hidalgo y Costilla 15 de septiembre. Si en España ninguna junta reconocía a la otra, era claro que México no tenía por qué reconocer a alguna. En la reunión del 1 de septiembre hasta los mismos fiscales de la audiencia, que el día anterior habían sostenido la necesidad de reconocer a la junta de Sevilla, propusieron que dicho reconocimiento se suspendiera mientras no se recibieran otras noticias. La nueva reunión de los estados generales de la capital del reino “se convocó, como las precedentes, sin exponer el señor Iturrigaray ni el motivo ni los objetos de la convocación, y así es que no se supo hasta el acto de leerse los papeles y cartas de la junta de Oviedo, que su contenido era el motivo de la convocatoria y la materia sobre que se había de tratar. Señores –dijo Iturrigaray- se ha verificado lo que les anuncié ayer: la España está en anarquía, todas son juntas supremas y así a ninguna se debe obedecer” (Relación de los pasajes más notables ocurridos en las juntas generales, 16 octubre de 1808, en Genaro García, Documentos Históricos Mexicanos, tomo II, página 141). Los oidores insistieron en que, a pesar de todo, lo más conveniente era reconocer a la junta de Sevilla. Entonces, el alcalde Jacobo de Villaurrutia pidió que se le permitiera explicar por qué debía convocarse una junta nacional, pero Iturrigaray no se lo permitió. No los había citado para que arguyeran ni para que votaran sino únicamente para informarles lo sucedido. Además, él ya había convocado al congreso nacional. En cambio, les solicitó que reflexionasen su voto y se tomaran su tiempo para emitirlo por escrito, resumiendo en uno el de las dos últimas reuniones, es decir, el del día anterior y el de ésta. Quería evitar que los miembros de la asamblea tomaran acuerdos que contrariaran a los precedentes, como se había hecho en la segunda reunión respecto de la primera y en ésta respecto de la anterior. En la del 9 de agosto habían determinado reconocer sólo a las juntas que creara el rey; en la del 31, que se reconociera a la de Sevilla, a pesar de no haber sido creada por él, y en ésta, que no se reconociera a ninguna. Y aunque reafirmó su poder absoluto al reiterar que dichos acuerdos no eran más que meras consultas que no lo obligaban a nada, de todas maneras aclaró que consideraba necesario que se adoptaran, para instruirse y proceder conforme a lo que él tuviese “por mejor” (Oficio del virrey Iturrigaray en que pide a los concurrentes a la junta del 1 de septiembre que formulen su voto por escrito, 2 septiembre 1808, Genaro García, obra citada, tomo II, página 76). De cualquier modo, si en la reunión del día anterior 50 habían votado por por el reconocimiento de la junta de Sevilla, en la de ahora 58 votaron que “por ahora” no se reconociera ninguna junta española (Lista de personas que asistieron a la junta del 1 de septiembre y que votaron que no se reconozca por ahora soberanía en las juntas de Sevilla y Oviedo, obra citada, tomo II, páginas 72-74). “Por ahora”, pues, no hubo reconocimiento alguno. Al mismo tiempo, el virrey tuvo “por mejor” que el reino tuviera su propia junta, es decir, que se estableciera el congreso nacional. La decisión la había tomado inclusive antes de que emitieran sus votos los congregantes. Sin embargo, no había precisado el procedimiento de elección de los individuos que habrían de componer el congreso nacional, por lo que un día después consultó al real acuerdo. Si citaba a diputados de todos los ayuntamientos del reino, era de preverse una asamblea sumamente numerosa. En cambio, si tales ayuntamientos daban sus poderes a los de las capitales de provincia, y estos representaban a aquellos, la asamblea contaría con pocos representantes, uno por cada provincia, para hacer un total de diecisiete (según se establecería posteriormente en la convocatoria a las cortes españolas y se determinaría igualmente por el congreso mexicano que expediría la Constitución de Apatzingán) La audiencia, que ya había empezado en forma reservada a tomar sus providencias para impedir la celebración del congreso nacional, contestó el 6 de septiembre que se negaba a entrar en materia, porque se oponía no sólo a la forma de elección sino también a la elección misma y, por consiguiente, a su convocación; citó las leyes que la prohibían y exigió al virrey que no llevase adelante su intento. Percibiendo el tono agresivo de la respuesta, Iturrigaray le consultó si consideraba conveniente que dimitiera, a lo que ésta le respondió que en caso de dejar el mando supremo, se lo entregara al mariscal de campo Pedro Garibay; con lo que le hizo saber que no vería mal su retiro e incluso que ya tenía sustituto. Trece días después, en efecto, Garibay lo sustituiría... (El virrey Iturrigaray al Real Acuerdo le consulta sobre el modo de concurrir los ayuntamientos al Congreso General; contestación y pedimento de los fiscales, 2 septiembre 1808, en Hernández y Dávalos, Historia de la Guerra de Independencia de México, tomo I, Doc. 223, página 530).. El ayuntamiento, por su parte, al conocer el incidente, exigiría al virrey que no renunciara. De este modo, empezarían a precipitarse los acontecimientos. Iturrigaray convocó a una nueva reunión que debía celebrarse el 9 de septiembre, a fin de que los individuos y corporaciones que habían asistido a las anteriores entregaran sus votos por escrito. Hacía un mes que se había llevado a cabo la primera sesión a puerta abierta. Esta sería la cuarta. Al instalarse dicha asamblea como siempre -sin previa orden del día-, el secretario leyó un extracto de los votos por clases emitidos en la sesión anterior; pero estaban tan mal clasificados que muchos votantes reclamaron que se les hubiera atribuido una opinión diferente. El arzobispo, el marqués de San Román y otros exigieron que se leyeran sus exposiciones y resultó comprobada su queja. Y es que tres de ellos, por ejemplo, Vildosola, Aguirre y Matías de Monteagudo, votaron por el reconocimiento simple y llano de la junta de Sevilla, y ocho en contra: el síndico Primo de Verdad, el inquisidor Sainz, Felipe de Castro, el arzobispo Lizana, el inquisidor Prado, el marqués de Rayas, Azcárate y Rivero. Sin embargo, entre los que se pronunciaron a favor de la junta española, Monteagudo se había declarado partidario de su reconocimiento total, mientras que Vildosola y Aguirre sólo en materias de hacienda y guerra. Por otra parte, entre los que votaron en contra de dicha junta, unos se habían inclinado por el no reconocimiento absoluto, como Verdad, Castro y Prado, y otros que se extendieran auxilios a todas, como Rivero. A partir de esta última posición, es decir, de que no se obedeciese a ninguna y se auxiliasen a todas, unos habían votado por la formación de un congreso nacional, como el marqués de Rayas y Azcárate, y los últimos, por el reconocimiento posterior de una junta española, como Lizana y Sainz (Votos..., Genaro García, obra citada, tomo II, páginas 77-133). Sin embargo, con motivo de la clasificación de los votos, también empezó a discutirse espontánea y desordenadamente el asunto que la audiencia se había negado a discutir el 6 de septiembre -a propósito del cual la propia asamblea tendría que deliberar después-, esto es, lo relativo al procedimiento de elección de representantes al congreso nacional; lo que haría que muchos cambiaran nuevamente de opinión... joseherrera0001@prodigy.net.mx
|